Proceso legislativo 227
Tema
Paridad de Género
Resumen
La iniciativa reforma las fracciones XX y XXI y adiciona la XXII al artículo 37 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco. Establece que los Ayuntamientos deberán observar el principio de paridad de género en el nombramiento de titulares de dependencias municipales. Esta disposición busca armonizar el marco jurídico local con la reforma federal al artículo 41 constitucional y garantizar la igualdad sustantiva en cargos públicos municipales, sin afectaciones presupuestales y con aplicación progresiva conforme a nuevas designaciones
Qué cambia
Reforma las fracciones XX y XXI y adiciona la fracción XXII al artículo 37 de la Ley de Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco.
Tiempo transcurrido
Quién la presenta
Comisiones
Estudios Legislativos y Reglamentos
Igualdad Sustantiva y de Género
Fecha de ingreso
2025-01-16
Proceso
| Paso | Fecha | Intervalo | |
|---|---|---|---|
| En comisión | 2025-01-16 | 56 | |
| Regresado a Comisión | 2025-03-13 | 68 | |
| Primera Lectura | 2025-05-20 | 23 | |
| Retirado por la Asamblea | 2025-06-12 | 14 | |
| Segunda Lectura | 2025-06-26 | 0 | |
| Modificaciones | 2025-06-26 | 0 | |
| Aprobado | 2025-06-26 | 161 días |
Tags
- Municipios


