Proceso legislativo 234
Tema
Personas desaparecidas
Resumen
Al artículo 35 se añade la fracción XXXVIII. El Fiscal especializado en personas desaparecidas será elegido mediante las 2/3 del voto de los diputados que integran el Congreso del Estado, previa convocatoria pública abierta a la sociedad en general. En al artículo 53 se especifican sus atribuciones
Qué cambia
Adiciona un párrafo XXXVIII al artículo 35; así mismo se reforman diversos párrafos del artículo 53 ambos ordenamientos de la Constitución Política del Estado de Jalisco.
Tiempo transcurrido
Quién la presenta
Comisiones
Puntos Constitucionales y Electorales
Fecha de ingreso
2025-01-16
Proceso
| Paso | Fecha | Intervalo | |
|---|---|---|---|
| En comisión | 2025-01-16 | 124 | |
| Enterado con acuse de recibo | 2025-05-20 |
Tags
- Designaciones públicas


