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Monitoreo parlamentario ciudadano

Proceso legislativo 281

Tema

Procesos de entrega recepción de Administración

Resumen

Ley de Gobiernos y Administración: Art. 14: Convocar el 30 de sept. a ediles salientes y entrantes para toma de protesta de estos. Iniciar funciones al día siguiente mediante celebración de sesión de apertura Art. 15: En la primera sesión del Ayuntamiento se debe nombrar al encargado de la Secretaría del Ayuntamiento y al titular del Órgano Interno de Control Art. 16: Se formará una comisión para la entrega-recepción de los bienes , derechos y obligaciones según lo dicta la norma establecida Ley de Entrega y Recepción: 17: El ayuntamiento entrante deberá realizar inventario del patrimonio municipal en un plazo no mayor de 30 días hábiles contados a partir del acto de entrega recepción 18: Se deberá notificar también al OIC

Qué cambia

Reforma los artículos 18 y 22 de la Ley entrega Recepción del Estado de Jalisco y sus Municipios, Así como los artículos 14, 15, 16, 17 y 18 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del estado de Jalisco.

Tiempo transcurrido

Documento

Quién la presenta

Comisiones

Estudios Legislativos y Reglamentos

Vigilancia y Sistema Anticorrupción

Fecha de ingreso

2025-01-31

Proceso

Paso Fecha Intervalo
En comisión 2025-02-12

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