Sigue al Congreso

Monitoreo parlamentario ciudadano

Tema

Albergues

Resumen

La autoridad administrativa o judicial que determinó la internación, podrá autorizar el traslado fuera del albergue para la convivencia con benefactores.

Qué cambia

Reforma el artículo 44 de la Ley para la Operación de Albergues del Estado de Jalisco.

Tiempo transcurrido

Documento

Quién la presenta

  • Juan Aguilar

Comisiones

Asistencia Social, Familia y Niñez

Fecha de ingreso

2022-05-12

Proceso

Paso Sesión Fecha Intervalo
Para agendar en sesión 44 2022-05-12 0
En comisión 44 2022-05-12 208
Primera Lectura 96 2022-12-06 65
Retirado por la Asamblea 107 2023-02-09

Tags