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Monitoreo parlamentario ciudadano

Tema

Consejo Municipal de Salud

Resumen

Le da carácter de obligatorio al nombramiento del Consejo Municipal de Salud y que éste sea nombrado dentro de los tres primeros meses del inicio del Gobierno Municipal

Qué cambia

Modifica el artículo 138 de la Ley de Salud del Estado de Jalisco, con la finalidad de establecer la obligación a los municipios de construir las comisiones o comités de salud.

Tiempo transcurrido

Documento

Quién la presenta

  • Ana Degollado

Comisiones

Estudios Legislativos y Reglamentos

Higiene, Salud Pública y Prevención de las Adicciones

Fecha de ingreso

2023-06-15

Proceso

Paso Sesión Fecha Intervalo
Para agendar en sesión 129 2023-06-15 0
En comisión 129 2023-06-15 246
Primera Lectura 184 2024-02-16 0
Segunda Lectura 186 2024-02-16 0
Aprobado 186 2024-02-16 246 días

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