Monitoreo parlamentario ciudadano
Tema
Herencia inmobiliaria
Resumen
Al momento de su fallecimiento, el/la propietario(a) de un inmueble podrá favorecer en su testamento a familiares consanguíneos y personas físicas con la que se establezca lazos de solidaridad, afecto, ayuda mutua y convivencia.
Qué cambia
Reforma el artículo 2665 bis del Código Civil del Estado de Jalisco.
Tiempo transcurrido
Documento
Quién la presenta
Comisiones
Puntos Constitucionales y Electorales
Fecha de ingreso
2023-06-15
Proceso
Paso | Sesión | Fecha | Intervalo | |
---|---|---|---|---|
Para agendar en sesión | 129 | 2023-06-15 | 0 | |
En comisión | 129 | 2023-06-15 |
Tags