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Monitoreo parlamentario ciudadano

Tema

Negligencia en Servicio público municipal, sanciones por negligencia

Resumen

A todo aquel servidor público que incumpla por cualquier razón con la prestación a la cual esté obligado, se le impondrá sanción de seis meses a un año de prisión y multa de cincuenta a cien veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, con independencia de diversas sanciones que correspondan a otros tipos penales.

Qué cambia

Adiciona el titulo séptimo quater, capitulo único, artículo 154 ter, del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Jalisco.

Tiempo transcurrido

Documento

Quién la presenta

  • Yussara Canales

Comisiones

Puntos Constitucionales y Electorales

Fecha de ingreso

2024-05-16

Proceso

Paso Sesión Fecha Intervalo
Para agendar en sesión 198 2024-06-05 0
En comisión 198 2024-06-05

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