Monitoreo parlamentario ciudadano
Tema
Paridad de género en las suplencias de sindicaturas y regidurías de los ayuntamientos.
Resumen
Los suplentes deberán ser mujeres cuando el titular es de género femenino; y cuando el titular es de género masculino el suplente podrá ser de cualquier género.
Qué cambia
Reforma el artículo 24 del Código Electoral del Estado de Jalisco.
Tiempo transcurrido
Documento
Quién la presenta
Comisiones
Puntos Constitucionales y Electorales
Fecha de ingreso
2022-02-10
Proceso
Paso | Sesión | Fecha | Intervalo | |
---|---|---|---|---|
Para agendar en sesión | 26 | 2022-02-10 | 0 | |
En comisión | 26 | 2022-02-10 |
Tags