Monitoreo parlamentario ciudadano
Tema
Penas y multas por daños al medio ambiente
Resumen
Artículo 295. Se impondrá pena de uno a ocho años de prisión y multa de cinco mil a cincuenta mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización a las personas que promuevan, subsidien o dirijan algunos de los hechos punibles lesivos al ambiente descritos en este ordenamiento, según la gravedad del daño ambiental causado y la inhabilitación temporal hasta por treinta años para contratar con la administración pública
Qué cambia
Reforma el artículo 295 del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Jalisco.
Tiempo transcurrido
Documento
Quién la presenta
Comisiones
Puntos Constitucionales y Electorales
Fecha de ingreso
2022-03-17
Proceso
Paso | Sesión | Fecha | Intervalo | |
---|---|---|---|---|
Para agendar en sesión | 34 | 2022-03-24 | 0 | |
En comisión | 34 | 2022-03-24 | 204 | |
Primera Lectura | 77 | 2022-10-14 |