Monitoreo parlamentario ciudadano
Tema
Transporte para personas con movilidad reducida
Resumen
Las personas con movilidad reducida por edad, embarazo u otra condición que no sea necesariamente discapacidad, tendrán derecho a un descuento o gratuidad en el transporte público.
Qué cambia
Reforma el articulo 44, párrafo 1, fracción IX y adiciona la fracción XCII bis del artículo 5, ambos de la Ley de Movilidad, Seguridad Vial y Transporte del estado de Jalisco.
Tiempo transcurrido
Documento
Quién la presenta
Comisiones
Movilidad y Transporte
Fecha de ingreso
2024-02-16
Proceso
Paso | Sesión | Fecha | Intervalo | |
---|---|---|---|---|
Para agendar en sesión | 185 | 2024-02-16 | 0 | |
En comisión | 185 | 2024-02-16 |
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